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Alimentación

El sector pesquero advierte al Gobierno sobre el fraude en el etiquetado de los pescados vegetales

Solicita al Ministerio de Consumo la urgente revisión y retirada de estos productos
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Los escritos del sector se apoyan en dos ejemplos concretos: la merluza y el atún enlatado, e incluyen las tablas nutricionales comparativas con los nutrientes del producto vegano denominado ‘MERLVZA’.

El sector pesquero, representado por la Confederación Española de Pesca (Cepesca), la Federación Nacional de Cofradías de Pescadores (Fncp), la Asociación Empresarial de Acuicultura de España (Apromar) y Anfaco- Cecopesca, ha dirigido un nuevo escrito a Bibiana Medialdea, directora general de Consumo, alertando sobre la presencia en el mercado de productos de origen vegetal que con un etiquetado y presentación confusos pretenden asimilarse a los productos pesqueros para favorecer su consumo, “cuando ni son pescado, ni aportan los nutrientes, minerales y beneficios de los productos pesqueros”.

En ambos escritos, el más reciente enviado el pasado 6 de septiembre, las organizaciones de ámbito nacional más representativas del sector pesquero y la acuicultura, a las que se ha sumado la Asociación Española de Mayoristas, Importadores, Exportadores y Transformadores de Productos de la Pesca y Acuicultura (Conxemar), solicitan al Ministerio de Consumo que realice, con la mayor urgencia, las gestiones necesarias para proceder a la revisión y posterior retirada de este tipo de "productos fraudulentos, que buscan engañar al consumidor".

Según indica la última carta dirigida al Ministerio de Consumo, además de incumplir con varias normativas de ámbito europeo y nacional referidas a las prácticas de competencia desleal, el etiquetado, la presentación y publicidad de los productos alimenticios, y la seguridad alimentaria y nutrición, estos productos de origen vegetal “confunden claramente al consumidor ya que, al utilizar estas denominaciones, le hacen creer que con su ingesta se pueden obtener los mismos beneficios nutricionales que se consiguen con los productos pesqueros”.

Como explica el sector en su escrito, “mencionamos estos ejemplos, pero nos consta que hay más productos de origen vegetal vendidos por otras empresas que, aprovechando la tendencia cada vez mayor de las corrientes veganas entre la población, ocupan un nicho de mercado confundiendo al consumidor”

Los escritos del sector se apoyan en dos ejemplos concretos: la merluza y el atún enlatado, e incluyen las tablas nutricionales comparativas con los nutrientes del producto vegano denominado ‘MERLVZA’, de la empresa Heura Foods, y de la auténtica Merluza, así como del "Atún vegano al natural” de la marca Sea So Good, junto a la del atún al natural. Estas tablas, cuya fuente remite al MAPA y su Guía de las Cualidades Nutricionales de los Productos Procedentes de la Pesca Extractiva y de la Acuicultura: Binomio Riesgo-Beneficio, dejan patente y de forma clara los beneficios nutricionales que aporta la ingesta de los auténticos pescados y que no se obtienen con los productos de origen vegetal, lo que, en opinión del sector, supone un fraude y un engaño para el consumidor.

Como explica el sector en su escrito, “mencionamos estos ejemplos, pero nos consta que hay más productos de origen vegetal vendidos por otras empresas que, aprovechando la tendencia cada vez mayor de las corrientes veganas entre la población, ocupan un nicho de mercado confundiendo al consumidor”.

La comercialización de estos productos incumple dos normativas en el ámbito de la competencia: la Directiva 2005/29/Ce del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de mayo de 2005, relativa a las prácticas comerciales desleales de las empresas, en sus artículos 5 y 6. Y la LEY 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal. El artículo 5 de esta ley considera “desleal por engañosa cualquier conducta que contenga información falsa o información que, aun siendo veraz, por su contenido o presentación induzca o pueda inducir a error a los destinatarios”.

Asimismo, se incumple también con la Ley 17/2011, de 5 de julio, de Seguridad Alimentaria y Nutrición, y con el Real Decreto 1334/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba la Norma general de Etiquetado, Presentación y Publicidad de los Productos Alimenticios, que en su artículo 4 sobre los principios generales, establece que: “El etiquetado y las modalidades de realizarlo no deberán ser de tal naturaleza que induzcan a error al comprador, especialmente sobre las características del producto alimenticio y, en particular, sobre su naturaleza, identidad, cualidades, composición, cantidad, duración, origen o procedencia y modo de fabricación o de obtención”.

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