Revista
El 14 de mayo el Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Murcia ha dictado sentencia por la que ha desestimado, con expresa imposición de costas, la demanda interpuesta por Félix Solís contra García Carrión por la realización de una campaña de publicidad comparativa. La sentencia concluye que dicha campaña es lícita, razonando que no existe imprecisión en la información utilizada en el anuncio.
“García Carrión es pionera en la realización de campañas de publicidad comparativa, cuyos principales beneficiarios son los consumidores, a los que se les brinda información más transparente sobre los productos del mercado”, señalan fuentes de García Carrión.