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Anice ha participado en la consulta pública de actualización del futuro Real Decreto de calidad alimentaria en el que está trabajando el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (Mapa), enviando alegaciones a la Norma de Calidad de los Derivados Cárnicos.
“Nuestro país se destaca como una potencia en el sector agroalimentario, tanto en el ámbito de la Unión Europea como a nivel global, sin olvidar el impacto social que su actividad tiene en nuestro país, contribuyendo con ello a la fijación de la población en áreas rurales y a su desarrollo económico”, señalan.
Para seguir garantizando su competitividad, adecuando la normativa nacional en materia de calidad alimentaria a la realidad productiva y tecnológica del sector, permitiendo su evolución y adaptación a las demandas de los consumidores, así como al marco regulatorio de la Unión Europea, garantizando el principio de transparencia e información, el Ministerio de Agricultura, Pesca y de Alimentación está trabajando en la futura publicación del Real Decreto que introduce modificaciones o mejoras técnicas en distintas Normas de Calidad de varios sectores alimentarios.
Desde Anice, por la implicación de esta nueva normativa en el sector cárnico, se han remitido al Mapa comentarios y propuestas, a fin de aclarar y resolver algunas cuestiones que no contempla la actual Norma de Calidad de los Derivados Cárnicos, entre ellas las que afectan a las denominaciones de los alimentos que elabora el sector.
Un sector que pese a una coyuntura económica poco favorable ha sido capaz de superar en el último año el umbral de los 33.000 millones de euros de facturación, el 27,3% del total alimentación, con una cifra récord de exportaciones de 10.583 millones de euros y una balanza comercial del 625%, dando empleo a más de 113.464 trabajadores directos (el 29,5% de la ocupación total en la industria alimentaria española), que trabajan en las casi 3.500 empresas del sector, ubicadas en su mayoría en zonas rurales.
Giuseppe Aloisio: "Su regulación evitará la usurpación y la mala utilización por parte de los productos de origen vegetal de las denominaciones de venta propias de las carnes y derivados, y protegerá al consumidor, evitando confusiones en el momento de compra"
Sin embargo y pese a nuestro peso macroeconómico, nuestro sector se está viendo perjudicado en los últimos años por la proliferación de productos veganos y vegetarianos que están adoptando términos y denominaciones que le son propias a los productos de origen animal.
Una situación que ya ha suscitado dudas sobre la legalidad de estos productos de origen vegetal, que se presentan no solo con nombres arraigados a la producción cárnica, sino que emulan su apariencia aprovechándose de su prestigio, para ofrecer a los consumidores unas características y valores nutricionales muy diferentes, induciéndoles a la confusión e influyendo negativamente en la imagen de nuestros productos y de nuestro sector.
Con esta premisa, Anice partiendo siempre del respeto a todas las opciones alimentarias, y con el único fin de salvaguardar el principio de transparencia de la normativa de calidad alimentaria, han reclamado al Mapa un marco regulatorio claro para las denominaciones cárnicas, remitiendo para ello alegaciones a la normativa para que impida que los productos que imitan a los alimentos de origen animal puedan apropiarse no solo de sus denominaciones de venta, sino también de las cualidades nutricionales y gastronómicas de los productos cárnicos, como ya está pasando con el jamón, el chorizo o la hamburguesa, tan arraigados a nuestro patrimonio cultural y al sector ganadero-cárnico.
“Su regulación evitará la usurpación y la mala utilización por parte de los productos de origen vegetal de las denominaciones de venta propias de las carnes y derivados, y protegerá al consumidor, evitando confusiones en el momento de compra”, ha manifestado el director general de Anice, Giuseppe Aloisio. “Además en la Unión Europea existe legislación de protección al consumidor, de publicidad engañosa y de greenwashing que en nuestro país están siendo infringidas”. ha añadido Aloisio.
En concreto, el artículo 7 del Reglamento (UE) nº 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor, piedra angular de la legislación de información al consumidor establece que la información alimentaria no inducirá a error, teniendo esta que ser precisa fin de evitar inducir a la confusión, no solo con manifestaciones concretas sobre características, sino también con simples manifestaciones que sugieran la presencia de un determinado alimento mediante la apariencia, la descripción o la inclusión de representaciones pictóricas.
En relación con la publicidad comparativa, este artículo ofrece conclusiones interesantes respecto a los productos veganos, obligándoles a cumplir siempre en su publicidad con una serie de condiciones para garantizar su legalidad y ética para proteger a los consumidores de la desinformación y asegurar que la comparación entre productos sea justa y transparente.
“Si protegemos nuestro patrimonio regional y local mediante IGP y DOPs, deberíamos ser coherentes y proteger las denominaciones de nuestro acervo gastronómico, que también es fruto de nuestro patrimonio común, que ahora está en juego con el auge de la comercialización de productos similares”, reclama el director general de la Asociación.